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IRPF


IRPF del 17 % ????

mensajes: 7
Buenos días. Soy un FPU que se encuentra en fase de contrato, en el último año. Hasta este mayo (a pesar de estar ya en fase de contrato desde hacia 10 meses) mi sueldo era de 1080 euros (no me retenían nada de IRPF) y ahora, de golpe, me aplican un 17 %, con lo cual estoy cobrando 885 euros... ¿alguien más está en esta misma situación? ¿alguien sabe por qué? Muchas gracias de antemano. Un saludo y buenas vacaciones.
mensajes: 159

A eso ¿¿¿le has quitado la seguridad social??? Es un 6% adicional.

El por qué se llama J.L. Rodríguez Zapatero y su política impositiva.

Por cierto, no sé si te habrán reducido tu paga en un 5% adicional al sueldo bruto por lo que, de ser así, estarías muy cerca de los 800. Lo han hecho en un bastante número de Universidades.

No hay más.

mensajes: 188 Francia

A ver, que este descuento no es algo que se acabe de inventar el ZP. Yo "disfruté" (vaya cinismo) de una FPI hasta 2008. En el 2006 tuve el contrato y unos meses mas tarde me ocurrio lo mismo que a paulauster, de repente me quitaron un IRPF bestial cuando no me habian retenido nada anteriormente.
Conoci otros FPIs de otras universidades y a algunos les paso parecido, aunque sin llegar al 17% mientras que otros tenian una retencion bajisima y no les afecto mucho el sueldo. Eso depende de la universidad, y he oido decir que estas en tu derecho a solicitar por escrito una retencion menor. Pero eso lo he oido, a mi no me hizieron caso y no conozco a nadie que lo haya conseguido. Pero parece que legalmente se puede solicitar ya que no es cosa del ministerio el determinar la retencion sobre tu sueldo en fase de contrato.
Si consigues algo, publicalo para que otros puedan beneficiarse, a mi me llego tarde la informacion.

PS. disculpad las tildes, el teclado frances es una...

mensajes: 159

Lamentablemente, le pese a quien le pese, Zapa ha subido los impuestos muchísimo. Eso es indiscutible. También os recuerdo que durante los 2 últimos años ha congelado la actualización de las becas FPU -no se actualizan desde 2008- y ahora ha reducido -desde mayo/junio 2010- en un 5% el salario bruto. Por tanto, un 17% de IRPF, un 6% de SS, y una reducción del 5% del salario bruto. ¿Alguien hizo esto antes? Nunca, solo él. Retenciones bestiales y ahora reducción de salario. Por cierto, han llegado a mis oídos que algunas Univ. van a reducir el salario bruto más allá del 5%, dado que van a aplicar un 6% o un 7%.

¿Vale la pena ser becario con el futuro incierto que nos espera?

mensajes: 70

El IRPF funciona de la siguiente manera: para cada sueldo bruto anual X, le corresponde pagar a hacienda una cantidad Y%.

Esa cantidad Y% depende del salario bruto percibido y del régimen en que se encuentre la entidad que te paga. La mayor parte de España tiene régimen común, pero Álava, Vizcaya, Guipúzcoa y Navarra tienen regímenes fiscales propios, por lo que el porcentaje a pagar a hacienda en cada caso puede variar algo.

En nuestro caso, con nuestro ridículo sueldo y en el régimen fiscal donde yo tributo, a hacienda le corresponde cobrarme un 7% de mi salario bruto.

Es "obligación" de las entidades que nos pagan (en este caso universidades) retenernos esa cantidad Y% mensualmente e ingresarla en hacienda. De esa manera, a final de año nuestra declaración de la renta saldrá cuadrada: ni a cobrar ni a devolver.

¿El problema? Muchas entidades no hacen esta retención correctamente, por ejemplo reteniendo el mínimo legal (2%) durante un cierto periodo de "incertidumbre" o ajuste, que supongo que es lo que os ha pasado a muchos.

De repente, en vez de haber estado pagando a hacienda un 7% en vuestro nombre durante unos meses, le han estado pagando el 2%. Así que, de golpe y porrazo, realizan un reajuste para ingresar a hacienda lo que le debían.

En cualquier caso, no os preocupéis. Todos los becarios FPI ganamos lo mismo, salvo pequeñas variaciones en el régimen fiscal. Si ha habido cualquier error en las retenciones (por ejemplo, os han retenido de más, cosa prácticamente imposible), os lo devolverán en la declaración de la renta, donde se realiza el ajuste final.

Respecto a poder elegir cuánto te retienen creo que es un mito. Legalmente las gestorías tienen la obligación de ajustar las retenciones de acuerdo con la fiscalidad vigente, para que la declaración de la renta salga cuadrada.

mensajes: 165


Muy buena explicacion, pipiolete, creo que servirá para aclarar las cosas.
Eso sí, lo del mito creo que no lo es tanto. A mí de hecho en la Universidad donde trabajaba antes como técnico me ofrecieron retenerme un 2% los primeros meses para que el sueldo me quedara más alto. Se supone que es una ayuda para cuando empiezas a currar tener un poco más de salario, pero evidentemente luego toca saldar cuentas con Hacienda, así que te quedarías igual.

mensajes: 70
claudator wrote:

Muy buena explicacion, pipiolete, creo que servirá para aclarar las cosas.
Eso sí, lo del mito creo que no lo es tanto. A mí de hecho en la Universidad donde trabajaba antes como técnico me ofrecieron retenerme un 2% los primeros meses para que el sueldo me quedara más alto. Se supone que es una ayuda para cuando empiezas a currar tener un poco más de salario, pero evidentemente luego toca saldar cuentas con Hacienda, así que te quedarías igual.


Lo sé. En principio, no es legal que te retengan menos de lo que corresponde (aunque sí es legal que te retengan más). Pero hay una excepción.

Lo del 2% en los primeros meses suele ocurrir en circunstancias particulares. Por ejemplo, cuando es tu primer trabajo, durante los primeros meses y/o cuando empiezas a trabajar a finales de año. A mí me pasó eso y en cuanto empezó enero, empezaron a retenerme correctamente. Yo quería que me siguieran reteniendo un 2% aunque luego me saliera a pagar una barbaridad pero me dijeron que no era legal. Pregunté a secretarias, gestores, etc... y nadie supo explicarme por qué.

Con el tiempo creo que lo he descubierto, veamos a ver si cuadra: el IRPF (en régimen común, porque en otros es diferente) es por tramos. Cosa que mucha gente, incluso gente que lleva las nóminas no tiene ni idea:

Los tramos de 2010 son (aproximadamente) así:

- De 5.050 a 17.707 € -> 24%
- De 17.707 a 33.007 € -> 28%
- De 33.007 a 53.407 € -> 37%
- A partir de 53.407 € -> 43%

Esto NO significa, como mucha gente cree, que si ganas 6000€ al año te retienen un 24% de los 6.000€, sino que te retienen un 0% en los primeros 5.050 euros que ganas y un 24% de los 950 restantes hasta los 6.000. Esos 950 euros retenidos corresponderían a una retención de un 3,8% del total de los 6000€, por ejemplo.

En realidad es algo más complicado que esto, porque la base del IRPF sobre la que se hace la retención no es el salario bruto, sino que hay que restarle otros conceptos, como las aportaciones a la seguridad social y el mínimo personal.

Pero la idea es que, hasta que uno no ha ganado unos 5.050 euros, realmente no tendrían la obligación de retenerle (salvo el 2% que es obligatorio para TODOS los contratos temporales).

Por eso, cuando empiezas a final de año o durante los primeros meses (hasta que ganes 5.050 euros) pueden retenerte el 2% (mínimo obligatorio para contratos temporales) o el 0% (para contratos indefinidos). En el resto de circunstancias es ilegal que te retengan menos, salvo error, que se subsanará con una retención extra en los meses siguientes.

Es la única explicación que le he encontrado. En el resto de los casos es ilegal que te retengan menos. De hecho, a mí nunca más me ha vuelto a ocurrir.

Enlaces de interés:

1. La falacia de los tramos del IRPF
http://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/la-falacia-de-los-tramos-del-irpf

2. Hoja Excel para entender cómo funcionan las retenciones IRPF
http://www.irpf.eu/

Saludos

PD: Según la hoja de cálculo, a nuestro salario de contratados FPI le corresponde una retención de un 8 o un 9% aproximadamente.

mensajes: 70
{QUOTE(replyto=>pipiolete)}
claudator wrote:
Esos 950 euros retenidos corresponderían a una retención de un 3,8% del total de los 6000€, por ejemplo.


Ooops, quería decir que "el 24% de esos 950 euros retenidos = 228 euros", corresponderían a una retención de un 3,8% del total de los 6000€

mensajes: 165


Wow, impresionante. Muy bien explicado. Y gracias por los enlaces!!

mensajes: 70
claudator wrote:
Wow, impresionante. Muy bien explicado. Y gracias por los enlaces!!


Jaja... gracias. Creo que aun así, no lo he explicado bien del todo.

La cuestión es que, para los contratos temporales de menos de un año y en determinadas circunstancias, puede haber una retención de un 2%, porque sólo computa tu salario de ese año.

Si por ejemplo empiezas a trabajar con un contrato temporal de 6 meses en octubre y ganas 1500 brutos al mes, tu sueldo anual a efectos de retenciones es de 4500 euros el primer año (octubre-diciembre). Al cual le corresponde un 0% de retención de IRPF. Pero la empresa está obligada a retenerte un mínimo del 2%.

Salvo en casos como ése, lo del 2% de retención es siempre una ilusión temporal... :-D

Para el resto de circunstancias "normales" (cuando empieza el nuevo año y hacen el reajuste de la retención, cuando te hacen el segundo contrato de 6 meses, cuando te hacen indefinido, etc...) ¡ya no hay quien escape!

Lo he consultado y está prohibido que las empresas retengan menos del mínimo que establece la ley, aunque puedes pedir que te retengan más.

Saludos.

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