Cargando...
 

Convocatorias Postdocs


Postdoc 2013 (antes JdC): hilo de dudas

mensajes: 253

Hilo de dudas Convocatoria Postdoc 2013 (antes Juan de la Cierva)

La convocatoria en el BOE:
http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13832

Plazo: del 12 de febrero de 2014 al 3 de marzo de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).

Página de la SEIDI:
http://www.idi.mineco.gob.es/portal/site/MICINN/menuitem.dbc68b34d11ccbd5d52ffeb801432ea0/?vgnextoid=fc053d664fff2410VgnVCM1000001d04140aRCRD

Como siempre os pedimos para evitar tener que ordenar hilos nuevos que puedan aparecer, fusionarlos, remitiros de uno a otro, etc., os pedimos un poco de organización para optimizar los recursos del foro, que no se repitan cosas y que pueda ser de mayor utilidad para los usuarios.

Un saludo,

mensajes: 33
erchokero wrote:
Vaya tela. Como os dije yo había renunciado pero en la resolución definitiva aparezco....¿Alguién más en la misma situación? El caso es que apareciendo en la definitiva la voy a aceptar, no quiero acabar en una lista negra y no poder presentarme más a una convocatoria en España, lo siento por los reservas....


Pues si, vaya tema. Esto confirma mis dudas y recelos de la administracion respecto a prorrogar el contrato mas alla de los 6 mese. Yo no me fio ni un pelo!!!!

mensajes: 30
Vaya tela. Como os dije yo había renunciado pero en la resolución definitiva aparezco....¿Alguién más en la misma situación? El caso es que apareciendo en la definitiva la voy a aceptar, no quiero acabar en una lista negra y no poder presentarme más a una convocatoria en España, lo siento por los reservas....
mensajes: 33
postdoctoral-13 wrote:

Para los que esteis fuera de España me preguntaba como se ha de hacer la firma del contrato de incorporacion

Una vez salga la resolucion definitiva tenemos que firmar el contrato de incorporacion en el que se indica cuando nos incorporamos al centro dentro de los seis meses siguientes tal y como estipulo la norma.

Entiendo que imprimir el contrato, firmar y mandar un pdf firmado (o adjuntarlo a la aplicacion en su defecto) es suficiente, o se necesita mandar el original en esos 10 dias (complicado segun donde estemos, aun con correo first class) o existe otro procedimiento que yo descnozco?

eduarferfer, me preguntaba donde aparece esa informacion al respecto de que Diciembre de 2015 es la fecha max que puedes incorporarte? No lo encuentro en la convocatoria. Tal vez es informacion que te consulto la universidad telefonicamente con el ministerio, y en ese caso que en la resolucion definitva saldra oficialmente esta fecha

GRACIAS!


Hola,

Pues no se como firmarlo desde otro pais, pero yo creo que se puede firmar, escanear y mandar por internet. Quizas en el correo indicar tu problema para que la uni lo adjunte. Eso es un poco lo que me comentaron en mi universidad de Espanha antes tu misma duda.

Lo de diciembre efectivamente no sale por ningun lado. Yo pedi a la universidad una vez que salieron las listas que hicieran unas cuantas consultas en mi nombre. Una de ellas fue, hasta cuando se puede alargar la inconporacion? la respuesta del ministerio fue: diciembre del 2015. Yo creo que es independiente de cuando salga, se trata mas bien que el anho que viene todo el mundo tiene que estar incorporado.

Todas estas informaciones, son consultas que estan sujetas a cambios ya que sabemos que una vez dicen blanco y otra negro. Es decir, que nadie se lo tome como ley o norma. Intento aportar mi granito de arena a tanta desinformacion a la que nos someten.

Respecto a las resoluciones esto ya clama al cielo, es totalmente vergonzoso la manibora que se estan marcando desde el ministerio. Esta convocatoria tendria que estar resuelta en octubre del 2013!!! haber salido a principios de anho pasado y resolverla el mismo anho ne 4 meses. Lo normal en cualquier pais que actue de forma correcta. Aqui nos sacan la convocatoria el 31 de diciembre y tenemos que esperar un ahno, es para pensar hasta en la violencia si uno no se calma y piensa con frialdad. La razon es clara, comerse una anho de convocatoria y de sueldos. Si eso lo haces con todo (que lo estan haciendo con todas la convocatorias de i+d de hecho), pues ajustando el deficit del pais, asi estamos, como tontos mirando la pagina del minsiterio to los dias esperando a que el funcionario de turno a las ordenes del politico de turno le de al boton de publicar las resoluciones...en fin...de esto se puede hablar horas...lamentable.

Un saludo

mensajes: 76
Bueno, parece que manana lo sabremos...lo contrari seria mas que una tomadura de pelo, aunque no se porque tanta expectacion, si la lista va a ser igual que la anterior en un 97%!
mensajes: 11

Lo que me han contestado a dia 30 de octubre.

Consulta: Queria saber si hay alguna actualizacion en cuanto a la fecha de publicacion de la resolucion definitiva, que se me informo que iba a ser en Octubre en una consulta anterior.

Respuesta: Estimado usuario:

La publicación en la sede electrónica del MINECO de la Resolución de concesión de las Ayudas de Formación Posdoctoral 2013 está previsto que se realice durante este mes de octubre.

LMR wrote:
LMR wrote:

Bueno, pues ya han salido las definitivas de las RyC, del PTA, y quedan 3 días de Octubre... ¿Deberían salir esta semana, no??? Esto es un sinvivir!

Salu2




Esto es una tomadura de pelo

mensajes: 11

Para los que esteis fuera de España me preguntaba como se ha de hacer la firma del contrato de incorporacion

Una vez salga la resolucion definitiva tenemos que firmar el contrato de incorporacion en el que se indica cuando nos incorporamos al centro dentro de los seis meses siguientes tal y como estipulo la norma.

Entiendo que imprimir el contrato, firmar y mandar un pdf firmado (o adjuntarlo a la aplicacion en su defecto) es suficiente, o se necesita mandar el original en esos 10 dias (complicado segun donde estemos, aun con correo first class) o existe otro procedimiento que yo descnozco?

eduarferfer, me preguntaba donde aparece esa informacion al respecto de que Diciembre de 2015 es la fecha max que puedes incorporarte? No lo encuentro en la convocatoria. Tal vez es informacion que te consulto la universidad telefonicamente con el ministerio, y en ese caso que en la resolucion definitva saldra oficialmente esta fecha

GRACIAS!

mensajes: 119
LMR wrote:

Bueno, pues ya han salido las definitivas de las RyC, del PTA, y quedan 3 días de Octubre... ¿Deberían salir esta semana, no??? Esto es un sinvivir!

Salu2




Esto es una tomadura de pelo

mensajes: 79

Bueno, pues ya han salido las definitivas de las RyC, del PTA, y quedan 3 días de Octubre... ¿Deberían salir esta semana, no??? Esto es un sinvivir!

Salu2

mensajes: 11
postdoctoral-13 wrote:
postdoctoral-13 wrote:

Me preguntaba si alguno de vosotros podría ayudarme con esta cuestión.

Necesito APLAZAR MI INCORPORACION a las ayudas para la formación posdoctoral
Cuando salga la resolución definitiva y siguiendo la convocatoria existe la posibilidad de aplazarlo incluso más tiempo de los 6 meses establecidos por actividad de investigación que se esté realizando, que es mi caso

Ellos dice que utilizando el MODELO DE LA PAG WEB
pero SOY INCAPAZ DE ENCONTRAR este formulario

Llamar al ministerio desde el extranjero, otro continente y diferencia horria no es fácil, pero en cualquier caso donde podría encontrar este teléfono?
Alguien tiene experiencia de otros años respecto al aplazamiento de contratos?

Muchisimas grancias de atemano
Es la primera vez que escribo pero quería dar las gracias porque todos vuestros comentarios son siempre de interés y utilidad.
Un saludo
.................................................................................................................

Disposiciones específicas de las ayudas para la formación posdoctoral (Pag 34 convocatoria)

Artículo 50. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores

1. Los Centros de I+D dispondrán de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión…

2. Los investigadores que sean contratados al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria deberán incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad de la Resolución de concesión….

3. En los casos en que sea necesario un plazo de tiempo mayor y así se solicite utilizando el modelo disponible en la página web, el órgano concedente podrá conceder una ampliación del plazo de incorporación de acuerdo con el artículo 14, principalmente en aquellos casos motivados por la actividad de investigación que se esté desarrollando. Para que sea efectivo el aplazamiento los centros deben presentar, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la recepción de la autorización, una adenda al contrato en la cual se indique la fecha autorizada


Hola,

La verdad que no te puedo responder a todo lo que planteas, pero si que te puedo dar alguna informacion que te interese.

Yo tambien estoy en el extranjero y me he planteado el tema de extenderla mas alla de los 6 meses que te permite el cauce normal. Lo que hicce fue ponerme en contacto con la universidad en la que me incorporare y le plantee una serie de preguntas y ella hizo la consulta en el ministerio. Basandome en esto, te hago los siguientes comentarios:

- Una veza salga la definitiva tienes que firmar el contrato de incorporacion en el que se indica cunado comenzaras. En este contrato debe indicar que te incorporas dentro de los seis meses siguientes tal y como estipulo la norma.
-Una vez hayas firmado eso, durante ese periodo de incorporacion, puedes solicitar la extension que tu propones. Como maximo te puedes incorporar en diciembre del anho proximo, 2015. Es decir, no te agobies, porque puedes pedir la prorroga antes de incoporarte no ahora cuando firmes el contrato.
-como proceder? Pues yo de ti me pondria en contacto con tu universidad y que sean ellos los que lo gestinonen por ti, en la mia me ofrecen dicho servicio por lo menos. Ademas, ten en cuenta que ellos deben dar el visto bueno ya que les vas a costar dinero.
-Un consejo. yo finalmente no la voy a pedir por distintas conversaciones tenidas con investigadores, profesoroes, etc. Basicamente se resume en que al salirte del cauce normal de incorporacion el fiarse de que tu expediente no se pierde, si te he visto no me acuerdo por el gobierno o universidad, recortes, cambios de gobierno, rectores, etc. es un riesgo bastante alto que puede terminar con hacerte perder la beca y al final sola ganaras unos 6 meses. Yo personalmente veo las noticias a diario y no me fio de un pelo de los que menejan el poder en nuestro pais por desgracia. Esto es una reflexion, por supuesto cada uno que haga lo que le parezca.

Un saludo


Muchisimas gracias por la informacion eduarferfer

mensajes: 11
Laupasba wrote:

Solo por aclarar dudas, yo creo que mientras se renuncie antes de la fecha límite para presentar los contratos no hay problema, este año esto el lo que dice el BOE al respecto:

"3. En la resolución de concesión se indicará el beneficiario de la ayuda, el nombre del investigador o técnico seleccionado, y, en su caso, el área científica de adscripción. Asimismo, se indicarán las condiciones de concesión de las ayudas, incluyendo su duración y cuantía, y los recursos que, en su caso, quepan contra dicha resolución.

La resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de solicitudes, conforme a lo dispuesto por la Comisión de Evaluación de cada actuación, en los términos y a los efectos del artículo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Será de aplicación lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero de dicho artículo, si se renuncia a la subvención por alguno de los beneficiarios previamente a la presentación de los contratos ante el órgano concedente, siempre y cuando con la renuncia se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas."


Por cierto, si a alguien le pasa lo que a mi, que no le encuentra sentido a lo que pone en el articulo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, porque aparte de no tener 3 parrafos trata de sanciones, parece que el redactor apuro demasiado con el copy/paste y tenia que haber puesto

"a los efectos del articulo 63.3 Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre."

que yo tambien me he colao

mensajes: 11
Laupasba wrote:

Solo por aclarar dudas, yo creo que mientras se renuncie antes de la fecha límite para presentar los contratos no hay problema, este año esto el lo que dice el BOE al respecto:

"3. En la resolución de concesión se indicará el beneficiario de la ayuda, el nombre del investigador o técnico seleccionado, y, en su caso, el área científica de adscripción. Asimismo, se indicarán las condiciones de concesión de las ayudas, incluyendo su duración y cuantía, y los recursos que, en su caso, quepan contra dicha resolución.

La resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de solicitudes, conforme a lo dispuesto por la Comisión de Evaluación de cada actuación, en los términos y a los efectos del artículo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Será de aplicación lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero de dicho artículo, si se renuncia a la subvención por alguno de los beneficiarios previamente a la presentación de los contratos ante el órgano concedente, siempre y cuando con la renuncia se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas."


Por cierto, si a alguien le pasa lo que a mi, que no le encuentra sentido a lo que pone en el articulo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, porque aparte de no tener 3 parrafos trata de sanciones, parece que el redactor apuro demasiado con el copy/paste y tenia que haber puesto

"a los efectos del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre."

mensajes: 33
postdoctoral-13 wrote:

Me preguntaba si alguno de vosotros podría ayudarme con esta cuestión.

Necesito APLAZAR MI INCORPORACION a las ayudas para la formación posdoctoral
Cuando salga la resolución definitiva y siguiendo la convocatoria existe la posibilidad de aplazarlo incluso más tiempo de los 6 meses establecidos por actividad de investigación que se esté realizando, que es mi caso

Ellos dice que utilizando el MODELO DE LA PAG WEB
pero SOY INCAPAZ DE ENCONTRAR este formulario

Llamar al ministerio desde el extranjero, otro continente y diferencia horria no es fácil, pero en cualquier caso donde podría encontrar este teléfono?
Alguien tiene experiencia de otros años respecto al aplazamiento de contratos?

Muchisimas grancias de atemano
Es la primera vez que escribo pero quería dar las gracias porque todos vuestros comentarios son siempre de interés y utilidad.
Un saludo
.................................................................................................................

Disposiciones específicas de las ayudas para la formación posdoctoral (Pag 34 convocatoria)

Artículo 50. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores

1. Los Centros de I+D dispondrán de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión…

2. Los investigadores que sean contratados al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria deberán incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad de la Resolución de concesión….

3. En los casos en que sea necesario un plazo de tiempo mayor y así se solicite utilizando el modelo disponible en la página web, el órgano concedente podrá conceder una ampliación del plazo de incorporación de acuerdo con el artículo 14, principalmente en aquellos casos motivados por la actividad de investigación que se esté desarrollando. Para que sea efectivo el aplazamiento los centros deben presentar, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la recepción de la autorización, una adenda al contrato en la cual se indique la fecha autorizada


Hola,

La verdad que no te puedo responder a todo lo que planteas, pero si que te puedo dar alguna informacion que te interese.

Yo tambien estoy en el extranjero y me he planteado el tema de extenderla mas alla de los 6 meses que te permite el cauce normal. Lo que hicce fue ponerme en contacto con la universidad en la que me incorporare y le plantee una serie de preguntas y ella hizo la consulta en el ministerio. Basandome en esto, te hago los siguientes comentarios:

- Una veza salga la definitiva tienes que firmar el contrato de incorporacion en el que se indica cunado comenzaras. En este contrato debe indicar que te incorporas dentro de los seis meses siguientes tal y como estipulo la norma.
-Una vez hayas firmado eso, durante ese periodo de incorporacion, puedes solicitar la extension que tu propones. Como maximo te puedes incorporar en diciembre del anho proximo, 2015. Es decir, no te agobies, porque puedes pedir la prorroga antes de incoporarte no ahora cuando firmes el contrato.
-como proceder? Pues yo de ti me pondria en contacto con tu universidad y que sean ellos los que lo gestinonen por ti, en la mia me ofrecen dicho servicio por lo menos. Ademas, ten en cuenta que ellos deben dar el visto bueno ya que les vas a costar dinero.
-Un consejo. yo finalmente no la voy a pedir por distintas conversaciones tenidas con investigadores, profesoroes, etc. Basicamente se resume en que al salirte del cauce normal de incorporacion el fiarse de que tu expediente no se pierde, si te he visto no me acuerdo por el gobierno o universidad, recortes, cambios de gobierno, rectores, etc. es un riesgo bastante alto que puede terminar con hacerte perder la beca y al final sola ganaras unos 6 meses. Yo personalmente veo las noticias a diario y no me fio de un pelo de los que menejan el poder en nuestro pais por desgracia. Esto es una reflexion, por supuesto cada uno que haga lo que le parezca.

Un saludo

mensajes: 11

Me preguntaba si alguno de vosotros podría ayudarme con esta cuestión.

Necesito APLAZAR MI INCORPORACION a las ayudas para la formación posdoctoral
Cuando salga la resolución definitiva y siguiendo la convocatoria existe la posibilidad de aplazarlo incluso más tiempo de los 6 meses establecidos por actividad de investigación que se esté realizando, que es mi caso

Ellos dice que utilizando el MODELO DE LA PAG WEB
pero SOY INCAPAZ DE ENCONTRAR este formulario

Llamar al ministerio desde el extranjero, otro continente y diferencia horria no es fácil, pero en cualquier caso donde podría encontrar este teléfono?
Alguien tiene experiencia de otros años respecto al aplazamiento de contratos?

Muchisimas grancias de atemano
Es la primera vez que escribo pero quería dar las gracias porque todos vuestros comentarios son siempre de interés y utilidad.
Un saludo
.................................................................................................................

Disposiciones específicas de las ayudas para la formación posdoctoral (Pag 34 convocatoria)

Artículo 50. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores

1. Los Centros de I+D dispondrán de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión…

2. Los investigadores que sean contratados al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria deberán incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad de la Resolución de concesión….

3. En los casos en que sea necesario un plazo de tiempo mayor y así se solicite utilizando el modelo disponible en la página web, el órgano concedente podrá conceder una ampliación del plazo de incorporación de acuerdo con el artículo 14, principalmente en aquellos casos motivados por la actividad de investigación que se esté desarrollando. Para que sea efectivo el aplazamiento los centros deben presentar, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la recepción de la autorización, una adenda al contrato en la cual se indique la fecha autorizada

mensajes: 79
SUS wrote:
Hoy ha salido la resolución definitiva del PTA.... Poco se ha movido la cosa en nuestro caso, no me extraña porque no han mirado las alegaciones.


Los siento SUS, a ver si hay más suerte el próximo año!!

mensajes: 16
hecmonc wrote:
hecmonc wrote:
hecmonc wrote:

Buenos días,

Hoy están notificando la resolución de las alegaciones. A ver si alguién tiene suerte.


Espero que tengáis mas suerte los de la posdoc. A mí me dieron la contestación de la alegación del APOYO TECNICO (PTA) el martes 16 y ha sido una "carta tipo" diciendo que "la evaluación se ha efectuado conforme la resolución del 27 Diciembre..... y que es una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva......". Total, nada y eso que no me han evaluado por mi área científica, lo han hecho por un área que ni aparece en el anexo de dicha convocatoria y que no tiene nada que ver con la mía..... Entre otras cosas.

La resolución definitiva de los PTA no ha salido aún.


Hola a todos

Alguien sabe si ya ha salido la resolución definitiva de las PTA. Es para ir haciendo una idea de los plazos para los que esperan posdoct de formación

gracias y suerte


Hoy ha salido la resolución definitiva del PTA.... Poco se ha movido la cosa en nuestro caso, no me extraña porque no han mirado las alegaciones.

mensajes: 11

Esto me contestaron a mi el 3 de octubre.

"Los investigadores incluidos en la lista de reservas que por renuncia de un candidato seleccionado adquieran la condición de elegibles, lo serán tras la publicación en la sede electrónica del MINECO de la Resolución de concesión. La fecha de publicación de la mencionada Resolución está prevista que sea a partir del próximo mes de octubre.
Las solicitudes no incluidas en el anexo de la Resolución de concesión serán desestimadas."

Por lo que no contaba con que una vez publicada todav'ia se pudiera optar a algo como reserva tras renuncias posteriores a la concesi'on. Lo de que esas renuncias no liberen suficiente credito no tiene mucho sentido, y podriamos usar este foro para contar renuncias llegado el caso porque si entre todas las areas se produce mas de una no ser'ia de recibo que no ofrezcan el contrato como m'inimo al que tenga mayor puntuaci'on entre los desestimados.

mensajes: 38
Menuda soberana estupidez. Ahora resulta que si alguien no sabe si le conviene, o no, aceptar la beca (mi caso), y decide renunciar sin incorporarse, tanto él como el suplente se ven perjudicados. ¿Pero qué memez es esa? Nos tratan como a niños. Hay situaciones donde la decisión no es trivial y depende de muchísimos factores, los cuales puede desconocer hasta el último momento. ¡Vergonzoso!
mensajes: 76

Si, eso es lo que yo tengo entendido tambien, si sales en la resolucion definitiva y despues renuncias te estas perjudicandoa ti mismo (porque ya no puedes optar a proximas convocatorias) y a los demas, ya que es bastante probable que esa beca no se adjudique a nadie.

No obstante, cuando sacan la resolucion definitiva, tambien sacan una lista de suplentes oficial. Estos deberian de ser adjudicados en caso de que algun seleccionado no llegue a formalizar nunca su contrato,eso dice la teoria (ya que sino para que hay lista de suplentes) y el BOE (es lo que ha puesto Laupasba), aunque lamentablemente a mi tambien me han dicho que por la escasez de dinero si alguien renuncia los suplentes nunca se enteraran (quiza argumentando falta de credito/dinero)...aunque esto no puedo confirmarlo 100%. Este ano en la RyC sacaron la resolucion definitiva con seleccionados y suplentes, tras ella dos personas renunciaron y sus puestos si que fueron adjudicados a los dos primeros suplentes.

Lo que es seguro es que si tu nombre sale en la resolucion definitiva y renuncias ya no puedes pedir la RyC, y que si formalizas tu contrato, incluso si no llegas a incorporarte nunca o solo estas X dias, meses en el puesto y renuncias, esa beca se pierde.

mensajes: 30
Calamar, según me informaron cuando llamé al Ministerio para mi renuncia, una vez que salga la resolución definitiva si hay alguna renuncia (no formalización del contrato) esta ayuda se pierde y no se puede adjudicar a un suplente, lo cual me parece una gran estupidez
mensajes: 76

Laupasba, creo que son dos cosas diferentes:

Por una parte estamos hablando de que aquel que salga como seleccionado en la resolucion de concesion definitiva (la que va a salir ahora) si renuncia ya no podra presentarse de nuevo a esta convocatoria u otras parecidas (RyC), asi que es mejor hacerlo antes. Esto esta clarisimo y conozco casos previos.

"Se entiende por beneficiario del subprograma Juan de la Cierva a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicho subprograma, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D."

Por otro lado esta lo que tu pones que (creo) que se refiere a como se gestionan los suplentes, de tal forma que una vez que salga la resolucion deifnitiva, si alguno de los seleccionados renuncia antes de la formalizacion de los contratos su puesto pasara al primer suplente (si hay credito/dinero suficiente). Basicamente lo que quiere decir es que una vez que se formaliza el contrato si luego se renuncia tras 1, 2, 3 meses o los que sean (antes de que cumplan los dos anos) esa beca se perdera y no sera asignada a ningun suplente.

mensajes: 3

Solo por aclarar dudas, yo creo que mientras se renuncie antes de la fecha límite para presentar los contratos no hay problema, este año esto el lo que dice el BOE al respecto:

"3. En la resolución de concesión se indicará el beneficiario de la ayuda, el nombre del investigador o técnico seleccionado, y, en su caso, el área científica de adscripción. Asimismo, se indicarán las condiciones de concesión de las ayudas, incluyendo su duración y cuantía, y los recursos que, en su caso, quepan contra dicha resolución.

La resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de solicitudes, conforme a lo dispuesto por la Comisión de Evaluación de cada actuación, en los términos y a los efectos del artículo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Será de aplicación lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero de dicho artículo, si se renuncia a la subvención por alguno de los beneficiarios previamente a la presentación de los contratos ante el órgano concedente, siempre y cuando con la renuncia se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas."

mensajes: 26

Pues al loro lo que esten pensando en renunciar mejor que lo hagan antes de que salga la resolución definitiva, no?

Por otro lado, llamé al ministerio porque estoy en la lista de reserva y pregunté cuando saldría la resolución definitiva, porque tengo una propuesta en el extranjero. La contestación fué la típica: " A lo largo de este mes de Octubre, no podemos concretar más", le insistí diciendo que quedaban menos de 10 dias y fueron incapaces de decir si ya habían remitido el expediente desde hacienda o no. Sin embargo con fecha del 20 de Octubre salió una resolución definitiva de las RYC, a lo mejor la siguiente es la nuestra.

La verdad es que estas situaciones se repiten a lo largo de los años y es absurdo, ¿no podrían ser más ágiles?

Suerte a todos los interesados

erchokero wrote:
erchokero wrote:
Hola, ya comenté en un mensaje anterior que rechazaba la beca, el caso es que quiero "advertir" a los que están esperando a la resolución definitiva y no saben si rechazar la beca o no. Yo pensaba que había que esperar a la resolución definitiva para rechazarla, lo cual me parece lógico ya que hasta que no te conceden algo no lo puedes rechazar, más aun si hay alegaciones de por medio aunque ya sabemos que las alegaciones no conducen a mucho. El caso es que me puse en contacto con el ministerio a mediados de septiembre y me dijeron que si rechazaba una vez se publicara la definitiva no podría volver a pedir esta beca (sorprendente) y que dicha resolución definitiva iba a salir como muy tarde en 2 semanas (es decir primeros de octubre).


Sí, lo suelen poner en la convocatoria:
Artículo 42 e
"No haber sido beneficiario de una ayuda de las convocatorias anteriores del programa o subprograma Juan de la Cierva o Ramón y Cajal. Se entiende por beneficiario del programa o subprograma Juan de la Cierva o Ramón y Cajal a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dichos programas o subprogramas, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D."




Además creo que también te podrían prohibir tener una RyC en el futuro:
Artículo 22 d
"No ser beneficiario, en la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al Centro de I+D hasta el 1 de junio de 2014, excluyéndose de esa contabilidad las suspensiones de contrato. Se entiende por beneficiario del subprograma Juan de la Cierva a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicho subprograma, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución de convocatoria hayan manifestado expresamente su renuncia a dicha ayuda."

mensajes: 592
erchokero wrote:
Hola, ya comenté en un mensaje anterior que rechazaba la beca, el caso es que quiero "advertir" a los que están esperando a la resolución definitiva y no saben si rechazar la beca o no. Yo pensaba que había que esperar a la resolución definitiva para rechazarla, lo cual me parece lógico ya que hasta que no te conceden algo no lo puedes rechazar, más aun si hay alegaciones de por medio aunque ya sabemos que las alegaciones no conducen a mucho. El caso es que me puse en contacto con el ministerio a mediados de septiembre y me dijeron que si rechazaba una vez se publicara la definitiva no podría volver a pedir esta beca (sorprendente) y que dicha resolución definitiva iba a salir como muy tarde en 2 semanas (es decir primeros de octubre).


Sí, lo suelen poner en la convocatoria:
Artículo 42 e
"No haber sido beneficiario de una ayuda de las convocatorias anteriores del programa o subprograma Juan de la Cierva o Ramón y Cajal. Se entiende por beneficiario del programa o subprograma Juan de la Cierva o Ramón y Cajal a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dichos programas o subprogramas, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D."




Además creo que también te podrían prohibir tener una RyC en el futuro:
Artículo 22 d
"No ser beneficiario, en la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al Centro de I+D hasta el 1 de junio de 2014, excluyéndose de esa contabilidad las suspensiones de contrato. Se entiende por beneficiario del subprograma Juan de la Cierva a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicho subprograma, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución de convocatoria hayan manifestado expresamente su renuncia a dicha ayuda."

mensajes: 30
Hola, ya comenté en un mensaje anterior que rechazaba la beca, el caso es que quiero "advertir" a los que están esperando a la resolución definitiva y no saben si rechazar la beca o no. Yo pensaba que había que esperar a la resolución definitiva para rechazarla, lo cual me parece lógico ya que hasta que no te conceden algo no lo puedes rechazar, más aun si hay alegaciones de por medio aunque ya sabemos que las alegaciones no conducen a mucho. El caso es que me puse en contacto con el ministerio a mediados de septiembre y me dijeron que si rechazaba una vez se publicara la definitiva no podría volver a pedir esta beca (sorprendente) y que dicha resolución definitiva iba a salir como muy tarde en 2 semanas (es decir primeros de octubre).
mensajes: 79
Ant wrote:
Alguna novedad sobre la resolución final? esto ya empieza a ser desesperante


Resolución provisional desde mediados de Junio y ya a finales de Octubre sin saber nada aún. Esto ya roza el absurdo... confused. ¿Nadie ha escuchado nada por ahí?

Salu2

mensajes: 119
Alguna novedad sobre la resolución final? esto ya empieza a ser desesperante
mensajes: 10
saritazl wrote:
saritazl wrote:

Hola chic@s,

He escrito esta mañana al Ministerio para ver cuándo sale la resolución definitiva, y me dicen que DURANTE este mes de octubre, así que a seguir esperando!



Esto es lo que me acaban de enviar:

Estimado usuario:


Nuestra previsión es en octubre, no podemos precisar más porque no depende de este servicio, el procedimiento de concesión requiere del OK del Ministerio de Hacienda, que es donde está ahora el expediente de resolución.


Buf, si está en el Ministerio de Hacienda vamos a tener que esperar, lo cual es un engorro sabiendo que hay gente, yo incluido, pendiente de que salga para aceptar o no otros contratos y (re)plantearse el futuro. En el Ministerio parece que tomar una decision de cambiar de país se puede hacer sin problema en dos días.

mensajes: 1
saritazl wrote:

Hola chic@s,

He escrito esta mañana al Ministerio para ver cuándo sale la resolución definitiva, y me dicen que DURANTE este mes de octubre, así que a seguir esperando!



Esto es lo que me acaban de enviar:

Estimado usuario:


Nuestra previsión es en octubre, no podemos precisar más porque no depende de este servicio, el procedimiento de concesión requiere del OK del Ministerio de Hacienda, que es donde está ahora el expediente de resolución.

Página: 5/20  [Siguiente]
1  2  3  4  5  6  7  8  9  10  11  12  13  14  15  16  17  18  19  20 

Apúntate a la lista precarios-info

 

Colabora

  • Donar con tarjeta o PayPal: